SOLO INFORMATICA, POR MANUEL MURILLO GARCIA

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LEGISLACION

La Justicia neozelandesa considera irregulares los registros de Megaupload

Imagen reciente de Kon ‘Dotcom’. | Reuters

Efe | Sidney (Australia)

El Alto Tribunal de Nueva Zelanda enumeró diversas irregularidades en el registro policial de la mansión del fundador de Megaupload, Kim Schmitz o ‘Dotcom’, y declaró ilegal la confiscación de las copias de sus discos duros.

La jueza Helen Winkelmann indicó que parte de los objetos confiscados deberán ser devueltos a ‘Dotcom’, detenido el pasado enero en su vivienda en las afueras de Auckland en un operativo que llevó al cierre del portal de descargas, informó la agencia local APNZ.

“Las categorías de objetos fueron definidos de tal manera que ellos inevitablemente podrían ser catalogados como material relevante e irrelevante. La Policía actuó bajo esta autorización. Las órdenes de allanamiento no pueden autorizar la incautación de material irrelevante y por lo tanto son inválidas”, según el fallo.

Mansión del dueño de Megaupload. | Reuters

Además la juez decidió que la clonación de los discos duros por parte del FBI, que se llevó las copias a Estados Unidos, es inválida porque ‘Dotcom’ nunca les dio el consentimiento para hacerlo y ordenó a un abogado independiente que revise todo el material confiscado para determinar lo que es relevante para la investigación.

El material relevante se entregará a las autoridades estadounidenses y lo demás se le devolverá a ‘Dotcom’ “inmediatamente”, de acuerdo a la decisión judicial.

Por su lado, la Policía neozelandesa mantiene silencio respecto a esta decisión debido a que se encuentra evaluando la sentencia.

Lágrimas

Durante la vista, Dotcom lloró cuando su abogado relató cómo el informático alemán fue arrancado de su familia durante el operativo policial en el que se asegura se le confiscó las copias de 135 ordenadores y discos duros.

Su abogado, Paul Davison, comentó que los derechos de su cliente fueron violados cuando se clonaron las copias de sus discos duros para ser llevadas a Estados Unidos, agregó APNZ.

Dotcom, cuya extradición pide EEUU por supuesta ‘piratería’ informática, fue detenido junto a otros tres directivos de Megaupload en el transcurso de una operación policial internacional que incluyó el cierre de su portal, el embargo de sus bienes y otras detenciones en Europa.

Estados Unidos quiere juzgar a un total de siete ejecutivos de Megaupload, entre ellos los cuatro detenidos en Nueva Zelanda, de diversos delitos de piratería informática, crimen organizado y blanqueo de dinero.

A Megaupload se le atribuye haber causado más de 500 millones de dólares (404 millones de euros) en pérdidas a la industria del cine y de la música al transgredir los derechos de autor de compañías y obtener con ello unos beneficios de 175 millones de dólares (142 millones de euros).

Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/28/navegante/1340869562.html

 

 

 

LEGISLACION

‘Ley Sinde’: Vagos.es cierra de forma voluntaria tras una notificación de Cultura

P. Romero | Madrid

Una notificación de la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual (CPI) al conocido foro de Internet Vagos.es, en aplicación de la llamada ‘Ley Sinde’, ha provocado que sus responsables anuncien el “cierre cautelar” y voluntario del foro.

En un comunicado, la empresa responsable de Vagos.es, Wamba Project, S. L., afirma que el cierre del foro se produce “tras haber efectuado una copia de seguridad de los mismos” y “hasta poder determinar, a la vista del expediente administrativo, cómo adecuar la actividad de la página a la nueva situación política y jurídica”.

“Dada la situación creada por el inicio de actividades de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual”, dicen los responsables de Vagos.es, “el sitio está estudiando su repercusión en los derechos a la cultura y a la libertad de expresión de los usuarios de los foros“.

Según ha podido comprobar directamente el Navegante, el foro Vagos.es permanece clausurado desde alrededor de las 15.30 horas de ayer viernes 22 de junio.

En la misma nota, Vagos.es recuerda casos judiciales favorables a sitios de enlaces como Sharemula, Emule24horas, TvMix, RojaDirecta, CVCDGO, Cinegratis, IndiceDonkey, eDonkeymania, Cinetube, Indice-Web o QuejasOnline, “con independencia de que no alberga en el momento actual enlace alguno a obras protegidas”.

Vagos.es, ‘intermediario’

La notificación de la CPI, órgano que depende de la Secretaría de Estado de Cultura (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte), avisa a Vagos.es de la apertura de un procedimiento de salvaguardia de derechos de propiedad intelectual en Internet contra Mediafire.com -compañía de ‘hosting’ radicada en EEUU- por alojar obras protegidas, y a raíz de una solicitud presentada por CEDRO.

El Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) comunicó a Cultura que se podían encontrar en Vagos.es para su descarga no autorizada los siguientes libros: ‘El ángel perdido’, ‘El último querusco’, ‘El Valle de los caballos’, ‘La princesa de hielo’, ‘La sangre de los inocentes’, ‘La sombra del viento’, ‘Los cazadores de mamuts’, ‘Purge’, ‘Tengo ganas de ti’ y ‘Venganza en Sevilla’.

Por su parte, la Sección Segunda de la CPI consideró, de forma similar a otros casos, que la página señalada por CEDRO (Vagos.es) es un “intermediario” y, como tal (según la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) “tiene derecho a conocer el estado de la tramitación del procedimiento y a obtener copias de documentos contenidos en el expediente”, así como a presentar alegaciones.

Cultura ha reconocido que hasta la semana pasada se habían “iniciado procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual en Internet en ocho solicitudes“, entre los que se encuentran Bajui y CineTube, tras desestimar 243. El resto de solicitudes presentadas hasta el momento, hasta un total de 326, se encuentran en fase preliminar.

Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/23/navegante/1340449434.html

LEGISLACION

Nueva derrota del tratado ‘antipiratería’ ACTA en la Eurocámara

Parlamentaruos europeos visten camisetas contra ACTA el pasado martes. | Efe

  • El Comité de Comercio Internacional vota una recomendacion para rechazarlo
  • Algunos ya consideran esta votación como un auténtico ‘golpe mortal’ a ACTA

P. Romero | Madrid

El Comité de Comercio Internacional (INTA) del Parlamento Europeo ha votado a favor de una recomendación para rechazar el tratado ‘antipiratería’ conocido como ACTA (Anti-Counterfeiting Trade Agreement), aprobado en bloque por la mayoría de los países de la UE, aunque requiere el visto bueno del pleno de la Eurocámara.

Por 19 votos contra 12, los Socialistas, los Liberales, los Verdes y la Izquierda Unitaria han logrado sacar adelante un texto en el que critica la vaguedad del texto del tratado, que insta a los países firmantes a endurecer las legislaciones contra la violación de la propiedad intelectual en la Red y fuera de ella.

Esta votación se suma a la de otros comités del Parlamento Europeo que se han mostrado recientemente contrarios a la adopción de ACTA, recuerda la Quadrature du Net, grupo activista que califica esta votación de “gran victoria” .

Algunos ya consideran esta votación como un auténtico ‘golpe mortal’ a la aplicación de este tratado en la UE, ya que tradicionalmente este comité refleja la forma de votar del pleno de la Eurocámara, apunta la BBC.

Este mismo medio cita al europarlamentario británico David Martin, uno de los principales detractores de la norma, quien asegura que “no ha sido u voto contra la propiedad intelectual”. “ACTA es un documento muy vago”, puntualizó, y destacó que deja “muchas cuestiones sin responder”, como el papel de los proveedores de Internet (ISP) como policías de Internet.

“Al final todo se ha reducido a votar sobre la propiedad intelectual o las libertades civiles, y me alegro de que las libertades civiles hayan salido ganando”, dijo.

La votación del pleno del Parlamento Europeo se celebrará en julio, probablemente el día 4.

Polémico tratado

El acuerdo ACTA, cuyas negociaciones iniciaron en 2008, pretende reforzar la protección de la propiedad intelectual en diversos sectores, que van desde la moda a la industria farmacéutica, pasando por el ’software’ y los contenidos digitales.

Su principal novedad es que incluye, por primera vez en este tipo de pactos internacionales, un capítulo exclusivamente dedicado al medio digital.

Precisamente, la manera en que ACTA podría afectar a los usuarios de Internet ha generado un amplio debate en todo el mundo y ha levantado las críticas de activistas, partidos políticos y organizaciones cívicas diversas.

Por su parte, el pasado 11 de mayo la Comisión Europea (CE) presentó ante el Tribunal de Justicia de la UE una petición para que se pronuncie sobre la compatibilidad del tratado ACTA con la legislación comunitaria.

Incluso la propia comisaria europea para la agenda digital, Neelie Kroes, cree que el tratado no llegará a entrar en vigor, al menos tal y como está redactado ahora, tras las protestas en todo el mundo, que han puesto a reflexionar a los políticos.

Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/21/navegante/1340275921.html

LEGISLACION

CineTube presenta alegaciones ante Cultura en las que niega que enlace a obras protegidas

  • Se trata de una de las ocho primeras páginas web que reciben notificación
  • Presenta un acta notarial que afirma que ya no existen los enlaces a descargas

Pablo Romero | Madrid

CineTube, un popular sitio de visionado gratis en ’streaming’ de películas en España, es una de las páginas que han recibido notificación de Cultura para dejar de enlazar a contenidos protegidos por derechos de autor. Sus representantes legales han logrado presentar alegaciones contra la misma, si bien denuncian complicaciones técnicas en la propia página habilitada para realizarlo de forma electrónica.

El día 19 de junio por la mañana, la empresa responsable de CineTube (la alavesa Brimtec Media) recibió la notificación de la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual, en la que se le informa de la apertura de un procedimiento para slavaguardar contenidos protegidos por derechos de autor, a raíz de una solicitud presentada por EGEDA.

La citada entidad de gestión de derechos de autor acusa a CineTube de violar los derechos de propiedad intelectual de las películas La Voz Dormida, Buried y Silencio en la Nieve.

Acta notarial

Así, CineTube ha presentado un acta notarial en la que el propio notario afirma que “accediendo a diversas fichas de la web Cinetube.es, en ningún caso existe enlace directo alguno que permita visualizar o descargar el contenido de las mismas”.

Dicha acta, levantada antes de la notificación del acuerdo del procedimiento (a las 19.30 horas del lunes día 18), asegura que en las fichas de las películas que aparecen en CineTube aparecen tráileres “alojados en YouTube.com, empresa dependiente de Google, que no es parte interesada en el presente procedimiento, y como es notorio, se trata de pequeños fragmentos de películas montados expresamente por las productoras cinematográficas para publicitar su película”. De hecho, en un foro de CineTube aparecía ayer un mensaje en el que se anunciaba que se iban a desactivar “todas las secciones de DD”, aunque el acta notarial afirma que el día anterior ya no había enlaces.

También recuerdan los representantes del citado sitio web que recientemente un auto de la Audiencia Provincial de Álava “estableció que la actividad desarrollada por Cinetube.es no es constitutiva de delito alguno” y que, “con independencia de que Cinetube.es no alberga enlace alguno a obras protegidas”, varias Audiencias Provinciales han determinado que la actividad de enlazar en Internet “no constituye ni reproducción, ni distribución, ni comunicación pública ni puesta a disposición de obra intelectual alguna. Es decir, no puede encuadrarse en ninguno de los actos de explotación que menciona la Ley de Propiedad Intelectual”.

Por último, solicita la copia íntegra del expediente y se reserva “el derecho a formular alegaciones complementarias para el momento en que dispongamos de la mencionada documentación”.

CineTube, intermediario

En la notificación de la Sección Segunda, al igual que sucedió con el caso bajui.com, se identifica como el objeto del procedimiento a una compañía extranjera, en este caso Globalhosting, de las Seichelles, responsable del sitio de almacenaimiento de archivos Letitbit.net. CineTube queda como mero intermediario, ya que “incluye enlaces a las obras señaladas ofrecidas desde Leitibit.com”, pero también como “servicio de alojamiento”.

Eso sí, como parte interesada en el procedimiento, en la notificación se recuerda que el responsable de CineTube tiene “derecho a conocer el estado de la tramitación del procedimiento y a obtener copias de documentos contenidos en el expediente”. También puede presentar alegaciones, en virtud del artículo 35 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dificultades

El abogado que representa los intereses de CineTube, Carlos S. Almeida, ha asegurado que existen muchas dificultades para presentar dichas alegaciones de forma electrónica en el sitio web correspondiente. “Gracias a la cortesía de un funcionario de la Secretaría de Estado de Cultura, que nos llevó por mil vericuetos digitales como quien te conduce por el laberinto de pasillos de un Ministerio, se ha podido presentar en tiempo récord, menos de 24 horas desde la notificación”, comentó.

De hecho, y siguiendo las indicaciones de dicho funcionario, las alegaciones en este caso fueron presentadas no a través del apartado Propiedad Intelectual (en donde no es posible presentarlas) sino del de Otras solicitudes, escritos o comunicaciones, justo debajo de Asuntos Taurinos.

“El Registro Electrónico de la Sección Segunda tiene alfombra roja para los denunciantes y puerta de servicio para los denunciados”, aseguró el defensor.

Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/20/navegante/1340185023.html

LEGISLACION

La primera resolución de la Ley Sinde obliga a retirar enlaces ‘presentes y futuros’

  • La defensa del sitio bajui.com afirma que no tiene posibilidad de alegar
  • Si desobedece podría ser multado con hasta 600.000 euros
  • Cultura anuncia que ha iniciado procedimiento en ocho solicitudes de momento
  • Los detractores de la Ley Sinde ponen en marcha el hashtag #sindefensa

Pablo Romero | Madrid

La primera resolución de la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual (CPI) contra un sitio web confirma las sospechas de algunos expertos contrarios a la Ley Sinde: se utiliza la normativa contra el sitio web de almacenamiento (el servicio de ‘hosting’) y se considera al sitio de enlaces como un mero intermediario, por lo que deberá retirar los enlaces en 72 horas desde que se le notifique la resolución y sin posibilidad de alegar.

A raíz de una solicitud presentada por AGEDI el pasado día 2 de marzo de 2012 contra el sitio web de enlaces bajui.com, la Sección Segunda”identifica” a la empresa suiza responsable del servicio de almacenamiento web uploaded.com como responsable de la vulneración de los derechos de opropiedad intelectual de la obra de Luz Casal ‘Un Ramo de Rosas’. Mediante una notificación, requiere a esta compañía la retirada de esos contenidos señalados en 48 horas.

Mientras, el dueño de bajui.com ha recibido esta notificación en la que se le informa de la apertura del procedimiento contra uploaded.com, pero en la que se le presupone conocimiento efectivo (a través de un buzón electrónico en https://notificaciones.060.es) y por la que se le obliga a suprimir o inutilizar el enlace correspondiente en el plazo de 72 horas desde se notifique.

Dicha obligación, sostiene la Sección Segunda, se “extiende a otros enlaces presentes y futuros a las mismas obras objeto de este procedimiento”, y así interpreta el artículo 17 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI). Es decir, en este caso bajui.com se verá obligado a vigilar cada uno de los enlaces que suministra, aunque sean subidos de forma automática o por terceros, para detectar y eliminar aquellos que apunten a la descarga de ‘Un Ramo de Rosas’.

David Bravo, abogado del responsable de bajui.com, comenta que la sección Segunda “alega una doctrina del Tribunal Supremo que no existe y que obligaría a todos los sitios web a realizar un seguimiento permanente y continuo en busca de enlaces infractores, algo contra lo que sí se ha pronunciado el propio Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea“, que eximen de responsabilidad a los dueños de sitios web por contenidos de terceros. “Imagina, sitios como Menéame o la Wikipedia no existirían porque se basan en las aportaciones de los propios usuarios“, comenta.

Obligado sin posibilidad de alegar

En este caso el dueño del sitio web bajui.com participa en este procedimiento administrativo como mero intermediario, ya que el procedimiento se abre contra uploaded.com.

Es decir, al no ser parte en el procedimiento, bajui.com deberá limitarse a retirar los enlaces sin poder alegar nada y como prestador de servicio de intermediación, si desobedece incurriría en una infracción muy grave, con multa de 150.001 euros a 600.000 euros, en virtud del artículo 38.2.b de la LSSI.

De hecho, Bravo anuncia que pedirán, de entrada, la nulidad de la notificación que, en su opinión, “vulnera el derecho de defensa”. “La Ley Sinde se hizo para ir contra los sitios web de enlaces, como nos han repetido por activa y por pasiva”, recuerda el abogado. “Ahora vemos que el denunciado es una empresa suiza, pese a que el objeto era bajui.com, y no hemos tenido ni siquiera la posibilidad de presentar alegaciones en el procedimiento”.

Desde la Secretaría de Estado de Cultura quisieron puntualizar que el interesado sí puede presentar alegaciones, tal y como recoge el artículo 35 E) de la Ley 30/1992.

Cabe destacar que en la notificación no aparecen los nombres de los miembros de la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual, tan sólo el de Teresa Lizaranzu, como presidenta de dicha comisión en lugar del secretario de Estado de Cultura.

En una nota, la Secretaría de Estado de Cultura afirma que ha la Sección Segunda de la CPI ha “iniciado procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual en Internet en ocho solicitudes” y tras desestimar 243. “El resto de solicitudes presentadas hasta hoy, hasta un total de 326, se encuentran en fase preliminar”, añade.

Según dicha nota, “los solicitantes, los responsables de la página web objeto de la solicitud y los intermediarios de la sociedad de la información han recibido la correspondiente notificación”. Añade además que “los responsables de los servicios de la sociedad de la información notificados tienen un plazo de 48 horas para llevar a cabo la retirada voluntaria de los contenidos señalados que pudieran resultar ilícitos (…) o, en su defecto, la presentación de alegaciones y la propuesta de pruebas que estimen oportunas“.

‘Fraude de ley’

El abogado y experto Carlos Sánchez Almeida considera que esta resolución es prácticamente un “fraude de ley”, ya que “el Ministerio considera que el infractor es el sitio de ‘hosting’ y no el sitio de enlaces, al que otorga un papel de intermediario y saca del procedimiento pero obliga a eliminar enlaces“.

Hace un año, el propio Almeida adelantaba la posible “trampa” que escondía el reglamento que desarrolla la Sección Segunda. Dicha trampa” consiste en considerar a los sitios web de enlaces -contra las que teóricamente iba a actuar la llamada Ley Sinde- como meros servicios de intermediación de la sociedad de la información.

Así, estos sitios web no serían parte del procedimiento administrativo, pero sí estarían obligados a la ejecución forzosa de la resolución de retirada de contenidos en cuanto ésta les sea notificada, tal y como ha sucedido con bajui.com.

De esta manera, si sitios com SeriesYonkis, Menéame o incluso Google son ‘denunciados’, podrían ser considerados no como servicio vulnerador de propiedad intelectual sino como un servicio de intermediación del que se valen -valga la redundancia- los vulneradores de la propiedad intelectual. Así, estos sitios deberán eliminar enlaces sin posibilidad de alegar nada ya que sólo se les notificaría la resolución en vía de ejecución forzosa. Si desobedecen y no retiran los enlaces, se exponen a una cuantiosa multa.

Por su parte, varios detractores de la Ley Sinde han puesto en marcha en Twitter la etiqueta (’hashtag’) #sindefensa, para comentar la resolución en el sitio web de ‘microblogging’

Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/18/navegante/1340002797.html

LEGISLACION

Promusicae pierde el juicio contra Enrique Dans por infracción del honor

El bloguero y experto en Internet Enrique Dans. | El Mundo

Promusicae, la asociación de discográficas y productores en España, ha perdido el juicio contra el bloguero Enrique Dans que se produjo a raíz de una demanda que interpuso por “infracción contra el honor”.

El juzgado número dos de Madrid ha desestimado la demanda al considerar que “los comentarios publicados se proyectan en aspectos de interés público, con lo que la libertad de expresión e información frente al derecho del honor adquiere aún una importancia más elevada”.

La denuncia se produjo a raíz de un post que publicó Dans el 5 de julio de 2011 titulado ‘Siete motivos por los que el caso SGAE es mucho más que la propia SGAE’. En él afirmaba que Promusicae vulneraba las leyes antimonopolio con su sistema RitmoNet.

“Promusicae vulnera abiertamente las leyes antimonopolio creando un sistema, RitmoNet, que da lugar a un entorno donde solo las discográficas pertenecientes a la asociación pueden de hecho tener llegada a un canal de promoción tan importante como la radio… y no solo no pasa nada, sino que el Gobierno lo sabe, lo ampara y hasta lo financia parcialmente”, aseguraba el bloguero en su texto.

Promusicae pedía en su demanda 20.000 euros y que Dans rectificara sus palabras. La juez considera que no se puede probar verazmente que RitmoNet sea un monopolio pero que, en cualquier caso, “la libertad expresión tiene un campo de acción más amplio que la de información” y el contenido del artículo es principalmente de opinión, por lo que desestima la demanda.

RitmoNet es un sistema de distribución de contenidos musicales a través de Internet de enfoque promocional, con el objetivo de hacer llegar las canciones a radios, televisiones y prensa.

Contra la sentencia, Promusicae podrá interponer un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid. “Aunque la sentencia es clara e inequívoca y me da la razón a todos los efectos, tengo la impresión de que recurrirán“, ha afirmado Dans en su blog.

Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/15/navegante/1339748112.html

LEGISLACION

Tres comisiones del Parlamento Europeo votan en contra del tratado ‘antipiratería’ ACTA

  • ‘Es el principio del fin de ACTA’, dice el ex eurodiputado David Hammerstein
  • El tratado, acusado de ’secretista’, fue aprobado en bloque el pasado año
  • Hay países que han congelado su firma a la espera de una opinión jurídica
  • La manera en que podría afectar a los internautas genera un amplio debate

Efe | P. Romero | Bruselas | Madrid

Las comisiones de Asuntos Jurídicos, Libertades Civiles e Industria del Parlamento Europeo (PE) votaron en contra del tratado internacional contra las falsificaciones, conocido como ACTA.

De las tres votaciones, el resultado menos esperado fue el de la comisión de Asuntos Jurídicos, que rechazó el informe de la ponente Marielle Gallo (PPE) en defensa del polémico Tratado (12 votos en contra, 10 a favor y 2 abstenciones).

Gallo es una firme defensora de ACTA, acuerdo que ha sido negociado entre la Unión Europea y otros diez países para luchar contra la ‘piratería’ y recientemente firmado, pero que ha levantado muchas críticas entre los defensores de una Internet libre.

Por su parte, la comisión de Industria recomendó rechazar el acuerdo por 29 votos frente a 25 y 2 abstenciones, mientras que la de Libertades Civiles se opuso al Tratado por 36 votos a favor, 1 en contra y 21 abstenciones.

‘El principio del fin del ACTA’

David Hammerstein, ex eurodiputado de Los Verdes y actualmentere representante de Diálogo Transatlántico de Consumidores, un foro de organizaciones de consumidores y de ciudadanos de la UE y de EEUU, ha declarado al Navegante que este resultado supone “el principio del fin de ACTA y un gran éxito de la sociedad civil europea”.

“Al rechazar ACTA, los tres comités del Parlamento Europeo han mandado un mensaje claro en defensa de los derechos digitales y de unas leyes de propiedad intelectual justas“, afirma Hammerstein

A juicio de este ex eurodiputado residente en Bruselas, ACTA ha sido contestado por “una masiva organización espontánea de jóvenes en las redes sociales, desde Polonia hasta España, quienes no aceptaban de ninguna manera las oscuras maniobras para “domesticar” la web con medidas extra-judiciales draconianas y convertir a los proveedores de Internet en policías“.

“ACTA solo conserva el respaldo de los Eurodiputados más relacionados con los ‘lobbys’ de las sociedades de autores, la industria de Hollywood y las grandes productoras de música”, concluye.

‘Las cosas pueden cambiar’

Mientras, el ciberactivista francés y cofundador de La Quadrature du Net, Jérémie Zimmermann, señaló en su cuenta personal de Twitter que el resultado logrado en la Eurocámara demuestra que “las cosas pueden cambiar”.

Zimmermann calificó el resultado del voto en la comisión de Asuntos Jurídicos de “increíble”, ya que hasta ahora sus diputados nunca habían respaldado las ideas de los ciberactivistas.

Quedan pendientes los votos de comisión de Comercio Internacional, que tendrá lugar el 21 de junio y del pleno de la Eurocámara, a principios de julio. Hammerstein apunta que “el ACTA morirá el 4 o 5 de julio en Estrasburgo”.

Polémica

El acuerdo ACTA, que se empezó a negociar en 2008, pretende reforzar la protección de la propiedad intelectual en diversos sectores, que van desde la moda a la industria.

Su principal novedad es que incluye, por primera vez en este tipo de pactos internacionales, un capítulo exclusivamente dedicado al medio digital.

Precisamente, la manera en que ACTA podría afectar a los usuarios de internet ha generado un amplio debate en todo el mundo y ha levantado las críticas de sectores como el de los internautas, pero también de grupos políticos como el Partido de los Socialistas Europeos, que han instado al Parlamento Europeo a no ratificar el texto.

Por su parte, el pasado 11 de mayo la Comisión Europea (CE) presentó ante el Tribunal de Justicia de la UE una petición para que se pronuncie sobre la compatibilidad del tratado ACTA con la legislación comunitaria.

Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/05/31/navegante/1338464989.html

LEGISLACION

EEUU insta a España a ‘revisar’ la postura de la Fiscalía sobre redes P2P

  • La Ley Sinde y su reglamento ’sacaron a España’ de la lista de vigilancia 301

Europa Press | Madrid

Kira Álvarez, representante adjunta de Comercio de los Estados Unidos para el cumplimiento de las leyes de propiedad intelectual, ha instado a España a revisar la circular de la Fiscalía General del Estado de mayo de 2006 que señala que el intercambio de archivos P2P no es delito si no existe ánimo de lucro. “Esta circular perpetúa el problema al dar un carácter no penal a las descargas por redes P2P, por eso debe ser revisada y el problema ahogado”.

Así lo ha expuesto Álvarez durante la celebración de la II Conferencia Anual sobre ‘Innovación y Propiedad Intelectual’ celebrada este martes en Madrid en la que la representante estadounidense ha felicitado al Gobierno español por los “pasos valientes” que está dando en materia de propiedad intelectual y que considera un “ejemplo valioso para toda Europa”.

“El Gobierno de EEUU le felicita por sus esfuerzos, incluida la Ley Sinde y el desarrollo del Reglamento de dicha ley. Es un logro significativo que parece muy prometedor en el marco de esfuerzos para combatir la ‘piratería’ en la Red”, ha apostillado.

En este sentido, Álvarez ha recordado que fue por ello que su país “sacó a España” de la lista de vigilancia 301 que registra la protección y cumplimiento de derechos de propiedad intelectual de los socios comerciales de los Estados Unidos.

Así, EEUU insta a España “a dar prioridad a la plena implantación de la ley Sinde animando a garantizar que el mecanismo administrativo establecido por la ley debe ser eficaz para la retirada de contenidos infractores en Internet, incluidos los sitios de enlace“, ha dicho Álvarez.

Muchos retos

A pesar de ello, la representante estadounidense ha señalado que el Gobierno y la industria española “deben seguir vigilantes” ya que considera que “existen aún muchos retos con respecto a la lucha a favor de los derechos de propiedad intelectual en el ámbito penal”.

Asimismo, se ha referido a la industria musical española y al “continuado robo de los derechos de autor”. “Actualmente el mercado musical español es la quinta parte de lo que fue en 2001. Es un dramático paso económico atrás. El valor de la música pirateada en la primera mitad de 2010 fue de 3.600 millones de dólares” ha apuntado.

Kira Álvarez ha aludido también a la “burla” de las denominadas medidas de protección que controlan el acceso a la obra protegida, como claves o encriptado. “Sigue siendo una preocupación en España”, ha asegurado. “Para que España pueda beneficiarse de los avances de la ‘nube’, la protección tecnológica es importante y deberá tomar medidas que garanticen la ilegalidad de dispositivos que permitan eludir estas medidas“, ha apostillado recordando que “el robo de la propiedad intelectual no es menos despreciable que el de los robos tangibles”.

Contenidos autorizados más visibles

Por su parte, la directora general de Política e Industrias Culturales y del Libro, María Teresa Lizaranzu, ha puesto en valor la necesidad de dar “más visibilidad a los contenidos de la oferta legal” y ha recordado que la Secretaría de Estado de Cultura trabaja en la aplicación del actual “procedimiento administrativo, que es pionero y sienta los principios comunes para realizar una actividad con todas las garantías jurídicas”.

Lizaranzu ha apuntado también que el Gobierno está empeñado en otras “tareas pendientes” como “una mayor transparencia de las sociedades de gestión”.

“En Bruselas hay preocupación por cómo conseguir el mercado único digital y una de las vías es establecer las normas respecto a las entidades que gestionan los derechos, favoreciendo un sistema más transparente y permitiendo que las empresas que quieran crear esos negocios con contenidos tengan un acceso más fácil al de la actual situación normativa”, ha añadido.

La directora general ha recordado la “prioridad” que supone para el Gobierno ese nuevo procedimiento administrativo para proteger los derechos de propiedad intelectual. Fuentes de Cultura afirmaron que los primeros expedientes de la Sección Segunda de la Comisiçón de la Propiedad Intelectual sobre presuntos infractores de la propiedad intelectual se pondrán en marcha esta semana, y las primeras notificaciones llegarán en 20 días.

“La realidad está más adelantada que nuestro marco jurídico”, ha dicho. “Por eso hay que volver a un equilibrio entre la necesidad de potenciar nuevos modelos de negocios con la protección de defensa de esos derechos, una condición previa y necesaria para promover la creatividad”, ha dicho Lizaranzu.

Cifras oficiales

Lizaranzu ha aportado también algunas cifras que ilustran el dinamismo de las industrias culturales en España, las cuales facturaron 9.125 millones de euros en 2010 (un 14% más respecto a 2009 y un 51% respecto a 2008). Unas 100.000 empresas están vinculadas a este sector y representan un 3,7% del PIB.

La necesidad de concienciación pública y desarrollo de campañas que contribuyan a proteger la propiedad intelectual, terminar con el trabajo de digitalización de las obras huérfanas “para evitar problemas jurídicos” y crear una nueva Ley de Propiedad Intelectual “adecuada a la actual realidad digital”, son tareas en las que trabaja el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, según Lizaranzu.

Junto a Kira Álvarez y María Teresa Lizaranzu, han participado en esta Conferencia Anual, entre otros, el secretario general de Ciencia, Tecnología e Innovación, Ramón Arjona, y el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Víctor Calvo-Sotelo. Este último ha aludido a la “extensión de la banda ancha” como uno de los “retos” actuales de su Departamento que ayude a aumentar la demanda de los contenidos digitales.

Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/05/29/navegante/1338289466.html

LEGISLACION

Neelie Kroes cree que el acuerdo ‘antipiratería’ ACTA no llegará a entrar en vigor

  • Las protestas habían ‘despertado’ a los políticos en Bruselas

Efe | Berlín

La comisaria europea para la agenda digital, Neelie Kroes, cree que el tratado internacional para la protección de los derechos de autor contra la ‘piratería’ (ACTA) no llegará a entrar en vigor nunca tras las protestas en todo el mundo, que han puesto a reflexionar a los políticos.

“No os preocupéis más por ACTA”, dijo Kroes en Berlín en un congreso con participación de activistas digitales.

Kroes explicó que no considera probable que ACTA (Acuerdo Comercial contra la Falsificación) llegue a entrar en vigor y dijo que las protestas habían “despertado” a los políticos en Bruselas.

La comisaria, sin embargo, subrayó que había que procurar una remuneración justa para los artistas y los trabajadores creativos y dijo que el paso de la era analógica a la era digital no significa que en el futuro todos los contenidos tengan que ser gratuitos.

Hasta el momento, la Comisión Europea (CE) había defendido ACTA, y de hecho 22 de los 27 países comunitarios lo han firmado ya (algunos, como Alemania, han congelado su ratificación), pero en febrero pasado decidió remitir el tratado al Tribunal de Justicia de la UE para que se pronuncie sobre su legalidad.

ACTA fue negociado por la UE y otros países como Estados Unidos, Canadá, México, Australia, Suiza y Japón, pero para entrar en vigor necesita la ratificación de al menos seis de los firmantes. La UE está representada como bloque.

Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/05/04/navegante/1336134895.html

LEGISLACION

El lenguaje de programación no tiene la protección de los derechos de autor

  • ‘Supondría ofrecer la posibilidad de monopolizar las ideas’
  • ‘Iría en perjuicio del progreso técnico y del desarrollo industrial’

Europa Press | Bruselas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que ni las funciones de un programa de ordenador ni su lenguaje de programación pueden acogerse a la protección del derecho de autor porque ello “supondría ofrecer la posibilidad de monopolizar las ideas, en perjuicio del progreso técnico y del desarrollo industrial”.

El dictamen se refiere al litigio entre las empresas informáticas SAS Institute y Word Programming Limited. La primera creó un conjunto de programas que permite a los usuarios llevar a cabo tareas de procesamiento y análisis de datos, en particular, de datos estadísticos, y que está escrito en el lenguaje de programación SAS que permite manipular datos.

Word Programming Limited creó un programa alternativo que puede ejecutar programas de aplicación escritos en lenguaje SAS. Si bien nada permite afirmar que la compañía haya copiado el código fuente de los componentes SAS, la empresa SAS Institute recurrió ante la justicia británica alegando una infracción de sus derechos de autor sobre sus programas de ordenador.

El Tribunal de Justicia estima que “ni la funcionalidad de un programa de ordenador ni el lenguaje de programación o el formato de los archivos de datos utilizados en un programa de ordenador para explotar algunas de sus funciones constituyen una forma de expresión“. “Por ello no disfrutan de la protección de los derechos de autor”, resalta el fallo.

“Admitir que el derecho de autor pudiera proteger la funcionalidad de un programa de ordenador supondría ofrecer la posibilidad de monopolizar las ideas, en perjuicio del progreso técnico y del desarrollo industrial”, insiste la sentencia.

Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/05/02/navegante/1335965314.html

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